Debate Corte liberar a 100 mil convictos

AutorVíctor Fuentes y Abel Barajas

LA SUPREMA Corte de Justicia debate hoy la posibilidad de liberar de prisión a miles de acusados por delitos no violentos que no han sido declarados culpables.

El problema deriva de la reforma de julio de 2011 al artículo 19 de la Constitución, en la que se estableció que la prisión preventiva solo aplicará para ciertos delitos violentos previstos en la propia Carta Magna, con lo que se pone fin al sistema tradicional de catálogos de delitos graves en los códigos penales.

La reforma podría beneficiar a unos 100 mil reos a nivel nacional que estarían en posibilidad de obtener la libertad provisional bajo caución, por tratarse de personas procesadas por robo y delitos patrimoniales menores, estimó el penitenciarista José Luis Mussi.

Esta libertad no implicaría la absolución de los acusados, pero sí el derecho a enfrentar su juicio sin estar presos.

Lo que aún no está claro es si esta reforma ya entró en vigor. Varios tribunales federales han sostenido que está vigente desde el 15 de julio de 2011 y han otorgado amparos para que personas que estaban en la cárcel por delitos que no aparecen en la Constitución, salgan bajo fianza y enfrenten sus juicios en libertad.

Pero otro tribunal colegiado consideró que esa reforma solo puede estar vigente en los estados que ya implementaron el nuevo sistema penal de juicios orales, y que en los demás -entre ellos el DF y a nivel federal- siguen funcionando los catálogos de delitos graves.

Hasta la fecha, el nuevo sistema opera en doce estados, pero solo en tres al 100 por ciento y en todo el territorio estatal.

Fuentes de la Corte informaron que el Ministro Jorge Pardo Rebolledo presentó un proyecto en el sentido de que la reforma sólo está vigente en estados donde ya opera el nuevo sistema penal, mismo que fue discutido el año pasado en varias sesiones de la Primera Sala, y por su importancia fue enviado al Pleno, donde se requieren seis votos para aprobar jurisprudencia.

El criterio final será decisivo para el destino de miles de acusados por delitos como robo sin violencia, fraudes de todo tipo, violaciones a leyes financieras, ambientales y de propiedad industrial, evasión de reos y muchos otros que son considerados graves en s Estados o en la ley federal.

Mussi dijo que, con independencia de cuándo se aplique, este cambio en la Carta Magna resultará positivo para evitar que un delincuente primerizo acusado de un cargo menor cuantía se especialice dentro de la cárcel en delitos de mayor impacto.

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